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Argentina: Ley aprobada y promulgada

La presidenta Cristina Fernández promulgó finalmente la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), que reemplaza al decreto vigente desde la última dictadura militar.

El sábado 10 de octubre de 2009, en horas de la madrugada, la presidenta Cristina Fernández promulgó finalmente la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), que reemplaza al decreto vigente desde la última dictadura militar.

Tras un veloz trámite parlamentario, iniciado a fines de agosto, el proyecto fue aprobado por amplia mayoría en ambas cámaras: Diputados (donde un sector de la oposición se retiró del recinto) dio la media sanción con 147 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones; mientras que la votación entre los senadores se resolvió por 44 a 24, sin abstenciones.

La iniciativa contó además con un importante apoyo popular, estructurado en torno a la Coalición por una Radiodifusión Democrática nacida en 2004. Este colectivo, que agrupa a más de 300 organizaciones sociales, gremiales y de derechos humanos, participó activamente en la redacción del proyecto aprobado.

El filósofo Rubén Dri, en una columna de opinión aparecida en el diario Página/12, destacó el “proceso de creación de poder popular” concretado durante la formulación de la nueva ley, donde “se ha hecho realidad la relación dialéctica entre arriba y abajo, representantes y representados”.

Entre sus principales disposiciones, la ley 26.522 considera a la comunicación como un derecho humano y al espectro radioeléctrico como un bien público; define tres clases de prestadores de servicios de radiodifusión (comerciales, estatales y sin fines de lucro) y reserva un tercio del espectro para cada una de ellas; establece un límite de 10 licencias en manos de un mismo operador; fija cuotas de producción local, música y cine nacional en radio y televisión; y reemplaza al actual Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, cuya composición tendrá mayoría parlamentaria.

“Hay temas pendientes de profundizar, como el rol de los medios públicos, la figura del delito de calumnias e injurias y la convergencia tecnológica”, indicó el investigador y docente universitario Guillermo Mastrini, quien sin embargo consideró a la nueva norma como “un cimiento indispensable” para la democratización de las comunicaciones en el país. Acerca de la convergencia, Mastrini apuntó que la exclusión de las ‘Telcos’ del ámbito de la radiodifusión puede convertirse en una futura debilidad.

“Hubiese sido mejor legislar antes de que las empresas telefónicas entren al mercado, porque de lo contrario entrarán igual y después será más difícil regularlas”, dijo Mastrini.

Las críticas más duras llegaron desde los grandes grupos mediáticos y ciertos partidos de la oposición política, que exhibieron una estrategia y un discurso común durante todo el proceso. Sin embargo, sus cuestionamientos tuvieron poco que ver con el texto del proyecto: su objetivo de máxima fue deslegitimar el debate o demorarlo hasta después del 10 de diciembre, cuando asuman los legisladores electos en junio pasado y el oficialismo vea menguadas sus fuerzas en el Parlamento.

Con la norma ya promulgada, ambos sectores anunciaron el inicio de acciones legales para impugnarla o bien reformar de inmediato los artículos menos convenientes a sus intereses.

En contraposición, el gobierno busca acelerar la entrada en vigor de la ley, para lo cual pretende conformar la nueva autoridad de aplicación antes de la renovación parlamentaria. El inconveniente es que necesita del consenso de la oposición, ya que la mayoría y las dos primeras minorías legislativas deben designar a tres de los directores de ese cuerpo.

La respuesta de la Unión Cívica Radical (UCR), principal fuerza opositora en el Congreso, fue tajante: sólo nombrará a sus representantes una vez que el Congreso reciba a los legisladores electos. La batalla por cambiar el marco regulatorio de las comunicaciones en Argentina, al parecer, apenas se inicia.

Nota: La edición del Boletín Oficial con el texto completo de la Ley N°26.522 puede descargarse de este enlace.

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